Para las motos no patentadas

Todos lo que necesitas saber para poner los papeles en regla con el asesoramiento profesional de nuestros gestores.

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derkaiser
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Para las motos no patentadas

Mensaje por derkaiser »

Quién tenga motos o ciclomotores sin papeles o con papeles pero que nunca fueron inscriptos, por seis meses se puede hacer para no quedar afuera del sistema.


SISTEMA DE REGULARIZACIÓN DE LA INSCRIPCIÓN INICIAL DE LOS
MOTOVEHÍCULOS USADOS NO REGISTRADOS
Motovehículos comprendidos
Motovehículos hasta 150 cm3 de cilindrada fabricados o importados hasta el
31 de diciembre de 2007.
Motovehículos superiores a 150 cm3 de cilindrada fabricados o importados
hasta el 22 de mayo de 1989.

Más datos: www.dnrpa.gov.ar

Franco Cipolla
MANDATARIO REGISTRAL
MATRÍCULA 035364/10
“(…) Quienes han sobresalido, quienes han sido felices, quienes han dejado una herencia útil al mundo, han sido en su totalidad almas divinamente egoístas, que vivían pensando en su propio provecho. Sin excepción."

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el_gato
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Re: Para las motos no patentadas

Mensaje por el_gato »

darkaiser, te hago una consulta tengo un suzuki RM 250 del 93, la moto nunca se patnto porque es un cross (no tiene nisiquiera instalacion electrica, ni faros, ni espejos, ni caballete). Es una moto para ser usada en circuito o a lo sumo uso off road
El problema es que yo no la llevo a la costa por el tema de que me dicen que incluso para transportarla tendria que estar patentada, porque se presume que al no estar registrada la moto esta en falta. Yo tengo el certificado de importacion y el boleto de compra, pero no tengo la sucesion de facturas (las sucesivas ventas hasta que llego a mi) y segun me dijeron para patentarla necesito eso.
Al ser una moto para uso en competicion, entra en algun apartado especial del RNPA o tambien deberia estar patentada incluso para su transporte?

Disculpame que te desvirtue un poco el tema, pero tenia ganas de meterla dentro de este plan pero no entra por la cilindrada y el año...

derkaiser
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Re: Para las motos no patentadas

Mensaje por derkaiser »

el_gato escribió:darkaiser, te hago una consulta tengo un suzuki RM 250 del 93, la moto nunca se patnto porque es un cross (no tiene nisiquiera instalacion electrica, ni faros, ni espejos, ni caballete). Es una moto para ser usada en circuito o a lo sumo uso off road
El problema es que yo no la llevo a la costa por el tema de que me dicen que incluso para transportarla tendria que estar patentada, porque se presume que al no estar registrada la moto esta en falta. Yo tengo el certificado de importacion y el boleto de compra, pero no tengo la sucesion de facturas (las sucesivas ventas hasta que llego a mi) y segun me dijeron para patentarla necesito eso.
Al ser una moto para uso en competicion, entra en algun apartado especial del RNPA o tambien deberia estar patentada incluso para su transporte?

Disculpame que te desvirtue un poco el tema, pero tenia ganas de meterla dentro de este plan pero no entra por la cilindrada y el año...
Lamentablemente no entra en el plan ya que por ser 250cc debería ser anterior a 1989.
De todas formas esta moto también debe ser patentada como cualquier otra. Lo que necesitarías es la ST 01 que te la vende el concesionario que la entregó (si existe) y hay que hacer una cesión de derechos de factura con el comprador original.
“(…) Quienes han sobresalido, quienes han sido felices, quienes han dejado una herencia útil al mundo, han sido en su totalidad almas divinamente egoístas, que vivían pensando en su propio provecho. Sin excepción."

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elindio
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Re: Para las motos no patentadas

Mensaje por elindio »

Franquito, ¿los ciclomotores de 50 cc tambien hay que regularizarlos? Ale, mi hijo tiene uno , del año 80 y pico creo y no quisiera que tenga problemas algun dia, ¿ la ley comprende a todo el estado nacional?
Gracias
Un abrazo, Gustavo

derkaiser
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Re: Para las motos no patentadas

Mensaje por derkaiser »

elindio escribió:Franquito, ¿los ciclomotores de 50 cc tambien hay que regularizarlos? Ale, mi hijo tiene uno , del año 80 y pico creo y no quisiera que tenga problemas algun dia, ¿ la ley comprende a todo el estado nacional?
Gracias
Sí señor. Los 50cc (49 en realidad) también. En todo el país.

¿Qué documentación tenés?
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Re: Para las motos no patentadas

Mensaje por elindio »

derkaiser escribió:
elindio escribió:Franquito, ¿los ciclomotores de 50 cc tambien hay que regularizarlos? Ale, mi hijo tiene uno , del año 80 y pico creo y no quisiera que tenga problemas algun dia, ¿ la ley comprende a todo el estado nacional?
Gracias
Sí señor. Los 50cc (49 en realidad) también. En todo el país.

¿Qué documentación tenés?
Los papeles de fabrica y un boleto de compra venta
Un abrazo, Gustavo

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marcos
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Re: Para las motos no patentadas

Mensaje por marcos »

yo me patenté las dos Siambrettas mias, la standart y el Furgon... 8)

con el boleto compra-venta solo en la standart...
compro el Formulario 12 donde te autorizan a verificar (sin documentción) en el registro. 10$
Verificación policial.... 10,50$.
Inscripcion en el Registro (llevando dos testigos que la moto la compraste de buena fé)
más patentes y 72 hs de espera... 90$.

Total 110 $!
y ya tengo la moto con Titulo Cédula y patente nueva... :D :D :D

Imagen
si en la vida no tenés pasiones para que vivís?

https://oi64.tinypic.com/2nqz9lu.jpg

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el_gato
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Re: Para las motos no patentadas

Mensaje por el_gato »

derkaiser escribió:
el_gato escribió:darkaiser, te hago una consulta tengo un suzuki RM 250 del 93, la moto nunca se patnto porque es un cross (no tiene nisiquiera instalacion electrica, ni faros, ni espejos, ni caballete). Es una moto para ser usada en circuito o a lo sumo uso off road
El problema es que yo no la llevo a la costa por el tema de que me dicen que incluso para transportarla tendria que estar patentada, porque se presume que al no estar registrada la moto esta en falta. Yo tengo el certificado de importacion y el boleto de compra, pero no tengo la sucesion de facturas (las sucesivas ventas hasta que llego a mi) y segun me dijeron para patentarla necesito eso.
Al ser una moto para uso en competicion, entra en algun apartado especial del RNPA o tambien deberia estar patentada incluso para su transporte?

Disculpame que te desvirtue un poco el tema, pero tenia ganas de meterla dentro de este plan pero no entra por la cilindrada y el año...
Lamentablemente no entra en el plan ya que por ser 250cc debería ser anterior a 1989.
De todas formas esta moto también debe ser patentada como cualquier otra. Lo que necesitarías es la ST 01 que te la vende el concesionario que la entregó (si existe) y hay que hacer una cesión de derechos de factura con el comprador original.
Si es lo que me imaginaba.. Gracias por la info!

Abrazo!

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