Porque esto falta reglamentarlo. Vos cuándo comprás un inmueble, vas y lo pagás y listo? NO. La ley te obliga determinados pasos. Si con los bienes muebles (autos, por ejemplo) te obligaran a recurrir a un mandatario matriculado, estas cosas y otras no pasarían.EmiZX65 escribió:Derkaiser, gracias por tu explicacion del mero poseedor, me voy a poner las pilas para rastrear la direccion actual del titular e intimarlo por carta documento.- por otro lado tenes razon con averiguar este tipo de cosas antes, para evitar complicaciones, pero como dice el dicho y he visto que aquíi lo utilizan " la experiencia es un piene que te da la vida cuando te quedaste pelado "
En tu caso el mero poseedor no lo podés hacer porque el rodado tiene dncia. de vta.