Acá hay algunos errores de concepto en las rptas. Yo soy mandatario registral pero no ejerzo asì que sólo haré mi aporte sin ningún fin de lucro (aclaro).
Que el dominio posea denuncia de venta no implica que la transferencia deba hacerse primero a nombre de la persona a quien se le hizo la denuncia de venta. La transferencia debe ser completada siempre.
Por lo gral. en estos casos el titular siempre desconfía de quien posee el auto ya que aquél se lo vendió a otro y firmándole el 08. Pueden darse casos de "mejicaneadas" y los titulares desisten de firmar nuevos 08 y los Registros tampoco los animan.
Hay dos formas que podrían ser las más simples: animar al titular a través de la denuncia de compra a firmar un nuevo 08, ya que de esta manera quien posee el auto se está haciendo responsable previamente, o bien, como ya se dijo hacer una transferencia simultánea.
La última instancia sería la vía judicial.
IMPORTANTE PARA TODOS: no restauren sus autos antes de tener todos los papeles en regla. Y sobre todo, seguir los pasos adecuados para poder invocar su buena fe.
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