El comienzo con Renault

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derkaiser
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El comienzo con Renault

Mensaje por derkaiser »

Ministerio de Economía Decreto: 12266/59
Ref.: Inversión Renault, Willys, IKA – (3693/59) Fecha: Sep. 30, 1959


Visto la presentación efectuada en Expediente No. 2845/59, por las firmas KAISER INDUSTRIES CORPORATION, de California, Estados Unidos de América y RÉGIE NATIONALE DES USINES RENAULT, de Billancourt, Seine, Francia, en su carácter de inversores, juntamente con INDUSTRIAS KAISER ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, INDUSTRIAL, COMERCIAL Y FINANCIERA, de la República Argentina, en la que proponen una inversión de capital extranjero, en equipos, maquinarias, dispositivos y matrices, para la ampliación de la planta de fabricación de automotores, que la beneficiaria posee en la ciudad de Córdoba; y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con los estudios realizados, la actividad a emprender tiende a sustituir importaciones y promover el desarrollo y perfeccionamiento tecnológico nacional;

Que de acuerdo con los antecedentes técnicos, comerciale y financieros, las firmas proponentes tienen acreditada suficiente responsabilidad y capacidad para concretar la inversión y el plan industrial programado,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

(1) Autorízase la inversión de capital extranjero con carácter definitivo en el territorio de la República Argentina, por el importe de CINCO MILLONES QUINIENTOS MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES (U$S 5.500.000.-), valor FOB puesto de origen, en maquinarias, repuestos, equipos, matrices, herramientas y dispositivos para ser radicados en la firma INDUSTRIAS KAISER ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, INDUSTRIAL, COMERCIAL Y FINANCIERA, con domicilio en Paseo Colón 439, Capital Federal y fábrica en la ciudad de Córdoba, en la ampliación programada para la fabricación del automóvil Renault modelo Dauphine. La radicación ha sido propuesta por las firmas KAISER INDUSTRIES CORPORATION Y WILLYS MOTORS INCORPORATED, de Toledo, Ohio, Estados Unidos de América, con una inversión de UN MILLÓN SETECIENTOS MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES (U$S 1.700.000.-) y por la RÉGIE NATIONALE DES USINES RENAULT, de Billancourt, Seine, Francia, con una inversión de TRES MILLONES OCHOCIENTOS MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES (U$S 3.800.000.-), en un todo de acuerdo con las condiciones establecidas en las Leyes 14.780 y 14.781.
(2) Como contrapartida por la inversión de capital, convertida al tipo de cambio libre a la fecha del despacho a plaza – de los bienes, Kaiser Industries Corporation, Willys Motors Incorporated y Régie Nationale des Usines Renault recibirán acciones – de Industrias Kaiser Argentina Sociedad Anónima, Industrial, Comercial y Financiera, por el monto que autorice la Comisión de Valores (Decreto No. 15.353/46).
(3) Las acciones a que se refiere el artículo anterior no podrán ser transferidas hasta tres años después de la puesta en producción, en condiciones normales, de los elementos objeto de la presente inversión, salvo que la transferencia de la inversión que realizan KAISER INDUSTRIES CORPORATION y WILLYS MOTORS INCORPORATED se efectuó entre empresas del mismo grupo y siempre que como resultado de la operación no se obtuvieran fondos que pudieran ser transferidos al exterior. La inversión a que se refiere el artículo 1º podrá ser efectuada también total o parcialmente, por intermedio de otra sociedad integrante del grupo Kaiser, sin perjuicio de la responsabilidad de Kaiser Industries Corporation por las obligaciones establecidas en el presente Decreto.
(4) Los equipos, maquinarias, repuestos, herramientas, matrices, y dispositivos que forman la presente inversión, quedán eximidos del pago de recargos y constitución de depósitos previos a la importación establecidos en los Decretos números 11.917/58, 11.918/58, 11.919/58 y 5.439/59.
(5) El detalle de los bienes de capital incorporado al país como resultado de la presente inversión, deberá ser aprobado por el Ministerio de Economía, previo dictamen a la Secretaría de Estado de Industria y Minería, con anterioridad a su embarque. Queda facultado el Ministerio de Economía para autorizar los reemplazos que pudieran originarse en razón de la clasificación aduanera que se asigne a la maquinaria y equipos aprobados, en el momento de su introducción al país.
(6) Con anterioridad al despacho a plaza de los bienes de capital objeto de la presente inversión, la firma Industrias Kaiser Argentina Sociedad Anónima, Industrial, Comercial y Financiera, presentará al Ministerio de Economía el detalle analítico de acuerdo con la clasificación aduanera de los bienes objeto de la inversión.
(7) La Dirección Nacional de Aduanas permitirá el despacho a plaza de los bienes a que se refiere el artículo 5º, sobre la base del detalle analítico a que se refiere el artículo precedente y las condiciones establecidas por el presente Decreto.
(8) Los precios de los bienes físicos comprendidos en la inversión, no deberán superar las corrientes de venta que rigen en los mercados de exportación para equipos similares, circunstancia que deberá ser aprobada por la firma inversora, a satisfacción de la Consejería Económica de la Embajada Argentina en el país de origen de los bienes, antes de proceder a su embarque.
(9) La inversión que se aprueba por el presente Decreto será destinada a incrementar la capacidad productiva de la fábrica que Industrias Kaiser Argentina Sociedad Anónima, Industrial, Comercial y Financiera posee en la ciudad de Córdoba, y deberá entrar en producción dentro de los doce meses en que fueron otorgadas las autorizaciones para el despacho a plaza de los bienes respectivos.
(10) La empresa queda comprometida a mantener la planta industrial a que se refiere el presente Decreto, en perfecto estado de conservación, así como a proceder a actualizar permanentemente las técnicas de producción empleadas. No podrá transferir los bienes incluidos en la inversión sin previa autorización del Ministerio de Economía.
(11) La Secretaría de Estado de Industria y Minería, en los términos del Decreto No. 3.693/59 y de acuerdo con el plan de producción aprobado por Resolución No. 92/59 otorgará los certificados anuales globales para la importación de partes y suministros.
(12) El Gobierno Argentino autorizará a pedido de las inversoras, el ingreso al país en condiciones normales, del personal extranjero necesario para el desarrollo del plan de producción del modelo Dauphine Renault, hasta un máximo de doce (12) empleados con sus familias. Dicha autorización incluirá la importación libre de recargos, depósitos y derechos aduaneros de sus efectos personales y del hogar y demás bienes incluidos en el Decreto No. 7.813/55, para su uso mientras dure su empleo con los proponentes. Dichos bienes no podrán ser enajenados en ningún tiempo en el país.
(13) Kaiser Industries Corporation y Willys Motors Incorporated quedan autorizadas para acoger su radicación al programa de garantía de inversiones de la Administración de Cooperación International de los Estados Unidos de América, si tal programa se hiciera efectivo en el futuro de las inversiones en Argentina.
(14) Los inversores podrán transferir por el mercado libre de cambios las utilidades anuales realizadas y líquidas provenientes de la inversión.
(15) El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Economía y Secretario de Estado Interino de Finanzas, y firmado por los señores Secretarios de Estado de Hacienda y de Industria y Minería e Interino de Comercio.
(16) Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección General del Boletín Oficial e Imprenta y vuelva al Ministerio de Economía, a sus efectos y oportuno archivo.
Fdo.: Frondizi A.
Alsogaray A. C.
Klein C. W.
Juni C. A.
“(…) Quienes han sobresalido, quienes han sido felices, quienes han dejado una herencia útil al mundo, han sido en su totalidad almas divinamente egoístas, que vivían pensando en su propio provecho. Sin excepción."

Ilusiones.
Richard Bach

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